Mecanismo de promoción de inversión adoptado por Uruguay en 1988. Desde entonces ha hecho posible que los parques privados de zona franca atraigan US$ miles de millones en inversiones para el país.
La Ley que supervisa el régimen permite a las compañías ejecutar operaciones de exportación impositivamente eficientes, utilizando a Uruguay como plataforma de negocios internacionales. Se permiten todo tipo de actividades, las de más predominio son la logística y los servicios.
Los inversores cuentan con completa seguridad jurídica sobre sus proyectos.
El proceso de aplicación para una operativa en zona franca es relativamente simple y está supervisada por el Ministerio de Economía y Finanzas.
Las compañías están exentas de todo impuesto creado o a crearse.
No se aplican impuestos o aranceles sobre las construcciones y equipamiento necesario para montar la operación en la zona franca.
Los extranjeros que trabajen en zona franca pueden optar por adherir o no al sistema de seguridad social uruguayo.
0 % Impuesto sobre Renta de las Actividades Económicas (I.R.A.E.)
0 % Impuestos para Importar y/o Exportar*
0 % Impuesto Arancel Aduanero
0 % Impuesto sobre Capitales y Dividendos
0 % Impuesto sobre Inmuebles
0 % Impuesto al Valor Agregado
Comercialización offshore
Hub logístico estratégico
Servicios globales de exportación
Actividades de valor agregado
Manufactura